Junta de Comarca

ORGANOS DE GOBIERNO

El gobierno y administración de la Mancomunidad está a cargo, como órganos necesarios, de la junta de comarca, el presidente, los vicepresidentes de área, la comisión de gobierno y el consejo comarcal.

JUNTA DE COMARCA

Es el órgano supremo de la Mancomunidad y está integrada por el número de concejales-vocales de los municipios mancomunados.El número de miembros de la Junta de Comarca de cada municipio es proporcional al número legal de concejales que corresponde a cada uno de ellos, con arreglo a la siguiente escala:

Municipios hasta 11 concejales: dos vocales
Municipios hasta 13 concejales: tres vocales
Municipios hasta 17 concejales: cuatro vocales
Municipios hasta 21 concejales: cinco vocales
Municipios hasta 25 concejales: seis vocales
Municipios hasta 27 concejales o más: siete vocales

Los vocales son asignados por los grupos políticos municipales a los que pertenecen, en proporción al número de votos obtenidos por el partido.